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DGT: ¿qué nuevas restricciones tienen los coches con etiqueta B y C?

In Sociedad
octubre 19, 2023

La aplicación de la nueva ley que obliga a las poblaciones de más de 50 000 habitantes a establecer una zona de bajas emisiones (ZBE), antes del 1 de enero de 2024, se está convirtiendo en un auténtico quebradero de cabeza para los conductores españoles.

El motivo es que el ayuntamiento de cada localidad es libre para decidir en qué zonas restringe la circulación de coches con etiquetas ambientales B y C, así como el alcance de las restricciones.

Con el fin de orientar a nuestros lectores, nos hemos puesto en contacto con los responsables de Gestoría Pastor, una de cuyas especialidades es la realización de todas aquellas gestiones y trámites relacionados con automóviles y conductores.

Nuevas restricciones ambientales en Madrid

Desde el primer día del año 2024, los coches y furgonetas con etiqueta ambiental B o C podrán circular por la ZBE de la capital de España, siempre y cuando estacionen en la red de aparcamientos públicos concertados con el Ayuntamiento de Madrid.

Es decir, estos vehículos no podrán estacionarse en las plazas de aparcamiento limitado y regulado (zonas azules y verdes).

Nuevas restricciones ambientales en Barcelona

Desde el día 1 de enero de 2024, los vehículos con etiquetas ambientales B tendrán vetada la circulación por el área metropolitana de Barcelona, pero se permitirá circular a los vehículos con distintivo ambiental C.

Nuevas restricciones en otras poblaciones españolas de más de 50 000 habitantes

La gran mayoría de los ayuntamientos aún no han hecho públicas las delimitaciones definitivas de sus futuras ZBE. Pero lo harán durante el último trimestre de 2023, puesto que la Ley de Cambio Climático y Transición Energética obliga a que las localidades de más de 50 000 habitantes delimiten una ZBE antes del 1 de enero de 2024.

Además, también habrá localidades de menos de 50 000 habitantes que, sin estar obligadas por ley, establecerán voluntariamente sus respectivas zonas de bajas emisiones.

Régimen sancionador

Circular o estacionar un vehículo cuya etiqueta ambiental es la B o la C en una zona prohibida no acarrea, de momento, la detracción de puntos del permiso de conducir. Las sanciones económicas están especificadas en la Ley de Tráfico: el importe es de 200 euros, que se quedan en 100 si se paga la multa en el plazo de 20 días naturales, renunciando a cualquier recurso.

En adición, circular sin llevar colocada la pegatina ambiental, aunque el vehículo cumpla los requisitos para lucir el distintivo B o C, también puede ser objeto de sanción económica, aunque de mucha menor cuantía que en el caso anterior.

En este caso, la cuantía de la sanción varía, en función de lo establecido en el régimen de sanciones propio de cada ayuntamiento. A título orientativo, estas sanciones oscilan entre los 10 y los 15 euros.

En definitiva, para obtener más información acerca de las zonas con restricciones de cada localidad de más de 50 000, habitantes es imprescindible acceder a la página web oficial del ayuntamiento en cuestión, donde se exponen (o expondrán en breve) las delimitaciones exactas de cada zona.

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Periodista vasco cuyas historias han abordado todo lo relacionado con el mundo del marketing y las nuevas tecnologías.