Cada día sale una nueva ley que afecta al día a día y a la que debemos estar atentos, lo que genera infinidad de dudas entre los españoles en materia de legalidad, y en este post vamos a tratar de resolver esas dudas con la ayuda de abogados especializados.
Las constantes actualizaciones en materia de legalidad provocan múltiples dudas entre los ciudadanos, especialmente entre aquellos que no están al tanto de las últimas novedades, lo que puede provocar que cometan errores que se traduzcan en sanciones económicas, o que no aprovechen algunas ventajas o beneficios que les corresponden.
Conscientes de ello, en este post vamos a tratar de resolver y aclarar las principales dudas en materia de legalidad de forma clara y concisa, las cuales nos acompañan en el día a día y es importante que conozcamos.
¿Qué es el doble pagador por ERTE?
Si has estado inmerso en un ERTE debido al coronavirus, habrás tenido un doble pagador por ERTE, y esto debes tenerlo muy en cuenta el año que viene al realizar la declaración de la Renta 2020.
Además de la empresa para la que trabajas, tendrás al SEPE como segundo pagador, siempre y cuando la cantidad que hayas recibido sea superior a 1.500 euros.
En ese caso, es probable que la declaración de la Renta te corresponda pagar, principalmente porque por lo general el SEPE no aplicará ninguna retención, debido a que en la mayoría de casos la prestación no alcanza los mínimos exigidos para aplicarlas.
¿Qué es la renta mínima vital?
Ya se llevaba tiempo estudiando su implementación, pero la crisis económica generada por el coronavirus ha acelerado la llegada de la Renta Mínima Vital, una ayuda económica por parte del Gobierno destinada a las familias españolas que viven en situación de pobreza.
La renta mínima vital está establecida en el Real Decreto-ley 20/2020 y se muestra como un complemento económico para compensar los ingresos de cada familia, con el objetivo de que puedan subsistir y llegar a fin de mes sin demasiadas complicaciones.
Para acceder a este ingreso mínimo vital es necesario tener un mínimo de 23 años y un máximo de 65.
En caso de que sea una unidad familiar de un solo integrante, este deberá demostrar que ha vivido un mínimo de tres años de manera independiente y deberá tener unos ingresos inferiores a 200 euros mensuales.
En el caso de las familias de dos o más integrantes, los ingresos no podrán superar los 450 euros mensuales.
También será necesario demostrar que ya se han solicitado todas las ayudas económicas disponibles, así como estar empadronado en cualquier municipio de España.
¿Qué es el IPREM?
El IPREM es el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples y su llegada se produjo en el año 2014 a través del Real-Decreto Ley 3/2004, llegando para sustituir al antiguo SMI (Salario Mínimo Interprofesional).
La principal función del IPREM 2020 es tener un referente en cuanto al nivel de renta de los ciudadanos, que sirva para calcular los límites a la hora de establecer las diferentes ayudas económicas.
Cada año se renueva, y a continuación mostramos las cuantías del IPREM de este año:
- El IPREM diario se establece en 17,93 euros.
- El IPREM mensual se establece en 537,84 euros.
- El IPREM anual se establece en 6.454,03 euros.
¿Qué es el Reglamento General de Protección de Datos?
El 25 de mayo de 2018 entró en vigor el nuevo Reglamento General de Protección de Datos (RGPD), el cual sustituye a la anterior LOPD (Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal) y tiene el principal objetivo de aumentar el control del tratamiento de los datos personales y confidenciales de usuarios por parte de las empresas.
Hasta la llegada del RGPD no existía ningún tipo de legislación acerca de los datos de terceras personas y por tanto, las empresas podían utilizarlos a su libre albedrío, sin ningún control.
A partir de ahora todas las empresas necesitan el consentimiento previo de los usuarios para tratar sus datos, y de lo contrario, las empresas que no cumplan con este cometido, podrían enfrentarse a importantes sanciones económicas, que pueden llegar a los 20 millones de euros o al 4% de la facturación anual de la empresa, en los casos más graves.
Unas sanciones mucho más severas, especialmente si tenemos en cuenta que las sanciones máximas que establecía la LOPD estaban entre los 900 y los 60.000 euros.
Non bis in ídem
Mucha gente lo desconoce, pero el principio “Nos bis in ídem” significa que una persona no puede ser juzgada dos veces por los mismos hechos. Esta expresión en latín significa “no dos veces sobre lo mismo”.
Aunque este concepto no está recogido en la Constitución Española ni en el Código Civil, el Tribunal Supremo en sentencia del 30 de enero de 1981 dictaminó que está implícito en el principio de legalidad, el cual sí está recogido en el artículo 25 de la Constitución Española.
El objetivo del non bis in ídem es evitar que una persona pueda ser juzgada constantemente por un mismo hecho, siendo un derecho fundamental de los españoles.
¿Puedes conducir con chanclas?
Con la llegada del verano las chanclas se convierten en el calzado por excelencia para todo, incluso para conducir. Pero, ¿se puede conducir con chanclas?
Vas a la playa, recoges todas tus cosas, te montas en el coche y te has dado cuenta de que solo tienes las chanclas. En ese caso, debes saber que podrían multar por conducir con chanclas, aunque no siempre.
Y es que la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial no dice nada al respecto sobre conducir en chanclas, sino que únicamente hace hincapié en la necesidad de conducir con un calzado seguro y que evite riesgos.chanclas
Por ello, en ese caso podrías alegar que desconocías la imposibilidad de conducir en chanclas, y en caso de que aún así te multarán, estarías en disposición de recurrir la multa.