Con la pandemia del COVID-19 y, sobre todo, con las consecuencias económicas que ha traído aparejadas, muchas Pymes han visto que sus ingresos se han reducido de una forma mucho más que considerable e incluso han llegado a declararse en quiebra. No obstante, la Ley de Segunda Oportunidad permite a los autónomos precisamente eso, tener una segunda oportunidad y conseguir que sus negocios sobrevivan al terrible impacto que han sufrido. Por ese motivo, para ayudar a los pequeños empresarios a salir adelante, hemos redactado este artículo, sigue leyendo e infórmate.
¿De qué se trata?
Como no puede ser de otra forma, tenemos que comenzar diciendo que la ley de la segunda oportunidad es un mecanismo jurídico que, regulado en el Real Decreto Ley 1/2015, permite a los particulares o autónomos que se vean abrumados por las deudas para eliminarlas de forma total o parcial, por lo que se trata de una ayuda especialmente interesante para todos aquellos pequeños empresarios que han visto que su proyecto se venía abajo con la crisis del coronavirus y las dramáticas consecuencias económicas que esto ha podido tener para muchos bolsillos.
¿Cuales son los requisitos para acogerse a ella?
Aunque hayamos dicho que la Ley de segunda oportunidad es una excelente forma para que los pequeños empresarios puedan hacer renacer sus negocios, lo cierto es que a ella pueden acogerse tanto personas físicas como autónomos, siempre que tengan un buen historial crediticio, dado que no se trata de un mecanismo para librar a nadie de sus pagos pendientes, sino que hablamos de una ayuda destinada a buenos pagadores que se hayan podido ver imposibilitados para hacer frente a todas sus deudas, a consecuencia de estar pasando por una mala racha.
Así, para poder acogernos a la Ley de segunda oportunidad, tenemos que cumplir con los siguientes requisitos:
- No estar condenado por delitos de índole económica o social, ni estar inmerso en concursos culpables.
- Demostrar que se actúa de buena fe, para lo que se debería haber intentado una solución extrajudicial y no haber evitado voluntariamente el pago de las deudas durante los últimos cuatro años, por ejemplo rechazando un empleo.
- No haber sido exonerado de pagos durante los últimos diez años.
- Haber liquidado los créditos contra la masa y los privilegiados, además de haber abonado el 25% de los ordinarios, aunque tanto una como la otra circunstancia podrían decaer en el caso de que se demuestre que hemos intentado solventar nuestras deudas pero no hemos podido.
- No tener una deuda de más de cinco millones de Euros.
¿Cómo opera la Ley de segunda oportunidad?
Por otra parte, es indispensable saber que la Ley de segunda oportunidad se basa en dos situaciones: los acuerdos extrajudiciales de pago y el beneficio de exoneración.
Respecto a la primera, los acuerdos extrajudiciales de pago, cabe indicar que se trata de una renegociación de la deuda, que tiene como objetivo lograr que los acreedores no queden frustrados, por lo que siempre se busca que las deudas queden saldadas en no más de diez años, aún contemplándose ‘quitas y esperas’ con el objetivo claro de facilitar que el deudor pueda finiquitar sus obligaciones financieras. Además, hay que decir que los acuerdos extrajudiciales suelen estar tutelados por un juez y que cabe la posibilidad de que un mediador concursal actúe para facilitar el acuerdo entre las partes.
Por su parte, en el caso de que los mencionados acuerdos extrajudiciales fracasen, está la posibilidad de acceder al beneficio de exoneración del pasivo insatisfecho, gracias al que es posible que el deudor se libere de los créditos no privilegiados, aunque el acreedor puede solicitar la nulidad en el caso de que detecte un abuso de la Ley de segunda oportunidad. Respecto a esta vía, cabe decir que a veces a dado lugar a la dación en pago, por lo que resulta ideal para los deudores hipotecados.
En consecuencia, de lo que se trata, es de facilitar a los deudores la posibilidad de poder empezar desde cero, por lo que estamos seguros de que la Ley de segunda oportunidad será de mucha ayuda a todos esos pequeños empresarios que, desgraciadamente, se están viendo asolados por las deudas, por causas ajenas a su voluntad, como la crisis sanitaria por la que estamos pasando.