Desde el año 2006 hasta nuestros días, el número de divorcios habidos en España ha caído considerablemente. Sin embargo, dentro de los que se siguen produciendo, el porcentaje de los de la modalidad del divorcio express aumenta de manera significativa.
El auge del divorcio express como solución inmediata a una situación insostenible es evidente. Nos divorciamos menos, pero con más prisas. Es cierto que en los últimos trece años el número de rupturas matrimoniales en general viene cayendo, con sus altos y sus bajos, Esto se debe, en parte, a las dificultades económicas que arrastramos desde el estallido de la última gran crisis, sobrevenida en el año 2006 en nuestro país. Desde entonces, se nota una ligera tendencia a que los cónyuges sigan oficialmente casados, aunque no unidos sentimentalmente. De esta manera, pueden repartirse gastos y ahorrarse el coste de vivir en dos casas diferentes, por ejemplo, algo que no está hoy en día al alcance de todas las parejas rotas.
Sin embargo, quienes se deciden a dar el paso lo quieren dar ya, de inmediato, sin esperas, y recurren al divorcio express. Es decir, que el número de matrimonios con prisas por divorciarse va en aumento.
El divorcio express es la vía más rápida para disolver oficialmente un matrimonio. Basta con haber estado casados tres meses para que una pareja pueda recurrir a esta fórmula de ruptura oficial, siempre que los componentes lo hagan de mutuo acuerdo. Fórmula de ruptura que también es válida para parejas que, aunque no estén casadas previamente, sí tengan algún hijo en común.
Hay dos formas de llevar a cabo el divorcio express. Una es por el juzgado, como es tradicional. La otra es ante notario y se puede realizar desde año 2015, siempre que la pareja no tenga hijos menores de edad. En el caso de haberlos, hay que acudir siempre al juzgado. El hecho de que haya bienes en común para liquidar o no los haya es del todo irrelevante.
Pero no vale cualquier juzgado, ni tampoco cualquier notario, pues los trámites de divorcio express deben de ser efectuados en el mismo lugar donde los cónyuges hayan estado empadronados.
Pongamos un ejemplo con Alcalá de Henares (Madrid) y con Madrid capital. En ambas ciudades pueden acudir a un despacho de referencia en materia de divorcio express, como lo es el bufete JR Abogados. Pero si una pareja quiere divorciarse en Alcalá de Henares y, sin embargo, ambos cónyuges están empadronados en Madrid capital, deberán acudir a un juzgado o a un notario de la capital.
La importancia de un buen abogado
Quien opine que un divorcio express se puede realizar sin abogado se equivoca. Hay que tener en cuenta que, incluso en estos casos en los que existe el mutuo acuerdo y la coincidencia en las prisas por resolver la situación, hay muchos flecos, muchos cabos sueltos que dejar bien claros para evitar problemas posteriores. Por ello, la asistencia profesional de un buen abogado como los del citado bufete JR Abogados se impone también en estos casos.
Entre los requisitos para llevar a buen puerto un divorcio express sin complicaciones ni problemas ulteriores están que haya acuerdo entre los cónyuges; que estén de acuerdo en tramitar el divorcio de mutuo acuerdo o de forma amistosa; que hagan constar un entendimiento total sobre todos los aspectos a tener en cuenta y que ambos sean plenamente conscientes de que deberán ceder en algunas de sus pretensiones, o de lo contrario tendrían que acudir a la vía contenciosa.
Para ultimar todos estos detalles, es preceptivo el convenio regulador. Es aquí donde la figura del abogado es clave. Se trata del documento más importante y debe de estar elaborado por un abogado especialista en divorcios.
En el convenio regulador se establecen los puntos más importantes del divorcio express. Por ejemplo, la guarda y custodia de los hijos menores, que puede ser monoparental (para uno solo de los cónyuges) o compartida al 50% por ambos. También fija la pensión de alimentos, que se establece para atender las necesidades de los hijos y está en función de la capacidad económica del obligado al pago.
Otros aspectos incluidos en el convenio regulador son el de la patria potestad y la custodia compartida; los gastos extraordinarios; la pensión compensatoria para el cónyuge más desfavorecido; el uso y disfrute de la vivienda familiar; la liquidación de los bienes gananciales, si los hubiera, o el reparto del ajuar familiar.
Fin al “paternalismo” del Estado
La fórmula del divorcio express sale adelante en la primera legislatura del Gobierno socialista que presidió José Luis Rodríguez Zapatero. Corría el año 2005 y Zapatero impulsó esta medida por considerarla “una necesidad social”.
Hasta entonces, había transcurrido casi un cuarto de siglo desde que el Gobierno de Adolfo Suárez (UCD), con Francisco Fernández Ordóñez como ministro de Justicia, reinstaurase la Ley de Divorcio en España, el 22 de junio de 1981. Pero desde 1981 hasta 2005 los matrimonios que querían divorciarse debían de pasar por unos trámites lentos y, en ocasiones, pesados y dolorosos, que se antojaban interminables.
Para empezar, los cónyuges que querían “romper amarras” con el otro e iniciar “una nueva singladura” en sus vidas no podían hacerlo con facilidad. Se les exigía acudir al juzgado para, en primar lugar, separarse legalmente. Tras haberse separado legalmente, aún no estaban libres de ataduras. Se les exigía que esperasen un año entero más para poder iniciar los trámites de divorcio que les liberase, por fin, de su indeseado e insostenible matrimonio.
Se imponía este largo, pesado y tedioso periodo de un año de espera porque la ley imponía que las parejas “reflexionasen” en esta transición; que “se lo pensaran mejor”, no fuera a ser que estuvieran pasando por una crisis conyugal. Pretendía la ley que las parejas, rotas de hecho, recapacitasen por si podían volver a reconciliarse. Era como si la Justicia gtratase a los cónyuges que querían divorciarse como víctimas de “un calentón” pasajero.
En realidad, nunca sucedía tal cosa y el año de demora resultaba ser una pérdida de tiempo para reanudar una nueva vida con la soltería recuperada. Era una medida no falta de gran carga de “paternalismo” por parte del Estado, que obstaculizaba que los cónyuges separados recuperasen su libertad y la posibilidad de iniciar una nueva vida sentimental con otra persona.
Las cifras del INE
Las cifras del Instituto Nacional de Estadística (INE) sobre los divorcios de todo tipo en España son elocuentes. En el año 2006, hace ya trece años, se produjeron ciento veintiséis mil novecientos cincuenta y dos divorcios. En 2007, ciento veintidós mil setecientos setenta y siete. En 2008, ciento diez mil treinta y seis, y así sucesivamente con una tendencia a la baja, aunque con algunos altos y bajos en los años intermedios.
El número de divorcios en general tocó fondo en el año 2009, con noventa y ocho mil trescientos cincuenta y nueve rupturas matrimoniales. En 2013 hubo otras noventa y cinco mil cuatrocientos veintisiete y, a lo largo del año pasado, 2018, hubo noventa y cinco mil doscientos cincuenta y cuatro, un 2,8% menos de casos que en el año anterior, según los datos del INE.
La duración media de los matrimonios antes de divorciarse fue de casi diecisiete años (16,8) el año pasado. Curiosamente, se trata de la duración media más larga desde el año 2010, cuando las parejas duraban quince años y medio (15,5) antes de romperse.
Pero el dato más significativo es el que está en relación con el divorcio express. En 2018, el 77,7% de las rupturas matrimoniales fueron de mutuo acuerdo por ambas partes, lo que agilizó todos los trámites. De ellos, casi sesenta y cuatro mil casos se resolvieron por sentencia judicial y casi cuarenta mil por decreto o por escritura pública.