Cerca de cumplir su primera década en activo, Colpensiones, la Administradora Colombiana de pensiones, aprueba su gestión como Empresa Industrial y Comercial del Estado Colombiano. Esta entidad que funciona como organización financiera de carácter especial se encuentra vinculada al Ministerio de Trabajo
El sistema colombiano de pensiones lo componen dos regímenes alternativos. Por una parte, se encuentra el público de reparto, que es el que está administrado por Colpensiones y, por otra parte, uno de ahorro individual que es gestionado por distintas administraciones del ámbito privado.
En relación al primero, dependiente de Colpensiones, cabe señalar que tiene como principales funciones la administración, de forma completamente ajena a su propio patrimonio, los recursos que corresponden al denominado régimen de prima media con prestación definida. En relación al segundo de los regímenes, se trata de la administración de su propio portafolio de inversiones, pagos y ahorros del sistema de ahorros de beneficios económicos.
Breve historia de Colpensiones
Para conocer un poco de la entidad encargada de organizar las pensiones en Colombia, es necesario saber de dónde viene y cuál ha sido su recorrido histórico como organismo público en Colombia.
La única entidad pública encargada de administrar las pensiones del Régimen Público de Colombia es Colpensiones. Este organismo nació en 2007 con la ley 1151 con los objetivos de gestionar de forma integral todas las obligaciones y ayudas económicas fijadas a la entidad, además de administrar los aportes económicos que llegarán a efectuar los beneficiarios y los usuarios.
El 28 de septiembre del 2012 se cerraría definitivamente su predecesora el ISS (Instituto de Seguros Sociales), para que, poco después, Colpensiones comenzase a funcionar. Pero no fue hasta julio de 2015 cuando se crearon los BEPS (Beneficios Económicos Periódicos), un programa diseñado para aquellos que no tenían opciones de pensionarse por ninguno de los dos regímenes disponibles, así como para aquellas con ingresos por debajo del salario mínimo mensual vigentes y legal.
¿Cuál es el funcionamiento de Colpensiones?
Como ya se ha visto, el sistema pensional colombiano ofrece dos alternativas diferentes para que se puedan llevar a cabo los aportes para una pensión; Colpensiones y los Fondos Privados. Es cierto que también existen unos regímenes especiales completamente vigentes y otros en vías de desaparición gradual.
Es Colpensiones el método de pensionado más utilizado y se trata de los aportes mantenidos en un fondo común. La pensión no va a depender de la cantidad de dinero aportado, sino de que cumpla o no la edad legal para recibirla, que es de 62 años para los hombres y de 57 para la mujer, y del número de semanas mínimas cotizadas.
Las colpensiones desprendibles de pago, también conocido como recibo de pago, es el documento que acredita los importes netos, ya sean adquiridos o deducidos. Es importante adquirirlos, pues forma parte de cualquier pago que se haya tramitado en dos partes.
La pensión en Colombia se establece tomando como base para el cálculo del salario diario las últimas 250 semanas cotizadas, así como el nivel salarial. Será la aseguradora la que llegue a un acuerdo con el usuario sobre el monto mensual a recibir y que se pagará de forma vitalicia. Una cantidad que deberá ajustarse de forma anual según indique el INPC (Índice Nacional de Precios al Consumidor).
Servicios y beneficios que ofrece Colpensiones
Colpensiones actúa en todo el territorio nacional, ya sea a través de información telefónica o sus redes ofreciendo la más amplia información en relación a las pensiones de los colombianos. A través de sus delegaciones o por teléfono se sabrá cuáles son los requisitos para acceder a la pensión, la consulta de semanas y edad. Así mismo, posee servicios de orientación y asesoría a través de chats en su plataforma web, doble asesoría, devolución de llamada, simulador pensional y educación financiera.
Al aportar cierta cantidad de dinero durante la vida laboral se estará construyendo la protección del trabajador, así como de toda su familia durante la jubilación o por un retiro forzoso de invalidez e incluso por fallecimiento. Para acceder a estos beneficios, se deberá acceder al Régimen de Prima Media que ofrece Colpensiones.
Régimen de Prima Media
Es este un mecanismo que permite a sus afiliados obtener una pensión de invalidez o sobrevivientes, y de vejez, pero, también, en su defecto, una indemnización sustitutiva, siempre según lo que establezcan las leyes.
Las principales características de este régimen son su solidaridad, la constitución de un fondo común de naturaleza pública a partir de los aportes de sus afiliados y del rendimiento obtenido. Esto garantizará el pago de las prestaciones de aquellos que cumplan con los requisitos para ser pensionados.
Así mismo, el estado garantiza el pago de los beneficios obtenidos, siendo sus beneficiarios y afiliados sus acreedores directos. La cantidad total de la pensión, las semanas mínimas cotizadas y la edad de jubilación están perfectamente preestablecidas.
Los beneficios de afiliarse al Régimen de Prima Media son la recepción de una pensión vitalicia, contar con una pensión de invalidez, confianza, tranquilidad, seguridad… Por último, cabe mencionar que, a diferencia de los fondos privados de pensiones, si el afiliado pierde su empleo, el RPM no cobrará comisión alguna del cesante. Del mismo modo, la pensión no depende del riesgo de rentabilidad, por lo que no sufrirá cambios en las tasas de interés.