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¿El seguro médico privado cubre las enfermedades preexistentes?

In Sociedad
abril 27, 2023

La declaración de las enfermedades preexistentes es un trámite imprescindible para que un seguro médico privado se haga cargo de los costes derivados de todas nuestras necesidades asistenciales sanitarias.

Además, muchas de las compañías de seguros no aceptan formalizar el contrato del seguro de salud si quien lo solicita declara ciertas enfermedades preexistentes.

Vamos a explicar qué son las preexistencias y por qué no es conveniente caer en la tentación de omitirlas en el cuestionario de salud que habremos de rellenar para recibir una propuesta de seguro.

Para elaborar esta información, hemos contado con el asesoramiento profesional del equipo de mediadores del Seguro médico Adeslas, una compañía especializada en seguros de salud.

¿Qué es la preexistencia?

La preexistencia se refiere a toda enfermedad o trastorno funcional que el solicitante del seguro médico privado padece con anterioridad a la firma de la póliza.

En el conjunto de preexistencias se engloban:

  • Las patologías crónicas ya diagnosticadas, incluidas las mentales.
  • Las enfermedades que han sido totalmente curadas, pero que pueden tener recidivas en el futuro o manifestarse en otros órganos (por ejemplo, el cáncer).
  • Cualquier otro tipo de trastorno o traumatismo que sea incapacitante o susceptible de recibir atención médica continuada.

Según la compañía aseguradora, pueden existir variaciones en los criterios de admisión y asistencia médica para asegurados con enfermedades preexistentes.

Listado orientativo de enfermedades preexistentes

Por lo tanto, antes de firmar una póliza de salud con una compañía concreta, es preciso informarse con exactitud de qué enfermedades preexistentes no se incluyen en las prestaciones.

No obstante, estas son las enfermedades y circunstancias médicas preexistentes que suelen excluirse de las prestaciones del seguro:

  • Cualquier tipo de cáncer
  • Diabetes de tipo I y de tipo II
  • Epilepsia
  • EPOC (Enfermedad Pulmonar Obstructiva Crónica)
  • Esclerosis múltiple
  • Insuficiencias cardiacas y otros trastornos del corazón
  • Insuficiencias hepáticas y cirrosis
  • Insuficiencias renales
  • Lupus
  • Paraplejias y tetraplejias
  • SIDA
  • Trastornos psíquicos incapacitantes
  • Operaciones quirúrgicas

Qué ocurre si no se declara una enfermedad o circunstancia médica preexistente

De primeras, si precisamos asistencia médica a causa de una enfermedad preexistente no declarada, el seguro médico no cubrirá los costes de dicha asistencia.

Y además, puede ocurrir que la aseguradora se niegue a asumir los costes derivados de la asistencia sanitaria de otras enfermedades o trastornos, al considerar que la preexistencia de la enfermedad es la causa directa o agrava el curso de esas afecciones.

Aparte, si la compañía detecta el fraude, puede proceder a rescindir unilateralmente el contrato de seguro.

Por lo tanto, a la hora de contratar adeslas o cualquier otro seguro médico privado, lo más prudente es declarar todas y cada una de las preexistencias.

¿Cómo sabe el seguro que no se ha declarado una enfermedad preexistente?

Hay que tener en cuenta que al firmar una póliza de salud autorizamos a la aseguradora a tener acceso a nuestro historial médico anterior. En él figuran todas las afecciones por las que hemos precisado asistencia sanitaria en el pasado, incluidas aquellas cuya relevancia ha sido mínima.

Por eso, confirmar que hemos omitido una enfermedad preexistente es muy sencillo para las compañías de seguros.

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Periodista vasco cuyas historias han abordado todo lo relacionado con el mundo del marketing y las nuevas tecnologías.